Áreas de práctica

Derecho de familia
en Santa Fe.

Las cuestiones de familia son de las más complejas que puede atravesar una persona. En Paz & Schmaedke trabajamos con discreción, claridad y un enfoque centrado en el bienestar de todos —especialmente cuando hay hijos de por medio. Primera consulta sin cargo.

¿En qué situaciones te podemos ayudar?

El derecho de familia en Argentina abarca un amplio espectro de situaciones. Estas son las áreas que atendemos:

Divorcio vincular

Unilateral o de mutuo acuerdo. Atribución de vivienda, compensación económica y liquidación del régimen patrimonial.

Alimentos

Para hijos menores, mayores estudiantes y cónyuge. Fijación, modificación y ejecución de cuotas alimentarias.

Cuidado personal y comunicación

Acuerdos de cuidado personal compartido o unilateral. Régimen de comunicación con el progenitor no conviviente.

Uniones convivenciales

Pactos de convivencia, inscripción registral y resolución de conflictos al cese: vivienda, compensación, bienes.

Violencia familiar

Medidas cautelares urgentes, exclusión del hogar y acompañamiento en el proceso judicial de protección.

Filiación y adopción

Reconocimiento, impugnación de paternidad, adopción plena, simple y de integración.

Divorcio: cómo funciona hoy en Argentina

Desde 2015, el divorcio vincular es un derecho que puede ejercer cualquiera de los cónyuges de forma unilateral y sin expresar causa. No hace falta el acuerdo del otro, ni demostrar culpa. Lo que sí debe resolverse —con acuerdo o por decisión judicial— son los efectos del divorcio:

Cuando hay acuerdo en todos estos puntos, el proceso es rápido. Cuando no lo hay, te representamos para que tus derechos queden protegidos.

"Atención directa con las abogadas en cada etapa. Sin intermediarios, sin sorpresas."

Paz & Schmaedke — Derecho de Familia Santa Fe

Alimentos: derechos y obligaciones

La obligación alimentaria es uno de los puntos más conflictivos en los procesos de familia. Intervenimos en:

Cómo trabajamos: proceso paso a paso

Paso 01

Consulta confidencial

Escuchamos tu situación, te explicamos las opciones legales y los tiempos estimados. Sin cargo y sin compromiso.

Paso 02

Estrategia y documentación

Definimos el camino más conveniente —acuerdo o litigio— y reunimos la documentación necesaria.

Paso 03

Negociación o demanda

Intentamos primero el acuerdo entre partes. Si no es posible, presentamos la demanda ante el juzgado de familia competente en Santa Fe.

Paso 04

Seguimiento del expediente

Te mantenemos informado en cada etapa. Manejamos los plazos, las audiencias y las notificaciones.

Paso 05

Resolución y homologación

Una vez dictada la sentencia o acordado el convenio, gestionamos su homologación y cumplimiento efectivo.

Preguntas frecuentes

Sí. Desde el Código Civil y Comercial de 2015, el divorcio vincular es un derecho que puede ejercer cualquiera de los cónyuges de forma unilateral, sin necesidad de invocar causas ni obtener el acuerdo del otro. El juez no puede rechazarlo. Lo que sí se negocia son los efectos: alimentos, vivienda, compensación económica y responsabilidad parental.

Un divorcio de mutuo acuerdo con todos los efectos convenidos puede resolverse en pocas semanas. El divorcio unilateral, donde hay que acordar los efectos por separado, puede demorar más dependiendo del nivel de conflicto y la carga del juzgado. En todos los casos trabajamos para agilizar el trámite al máximo.

La cuota alimentaria se fija considerando las necesidades del hijo (educación, salud, esparcimiento, ropa) y las posibilidades económicas del progenitor obligado. No existe un porcentaje fijo: el juez evalúa cada caso. Podemos solicitar medidas cautelares para garantizar el cobro mientras se tramita la fijación definitiva.

Es una prestación que puede reclamar el cónyuge o conviviente que, tras la ruptura, queda en una situación económica desventajosa respecto del otro —por ejemplo, quien postergó su carrera para cuidar a los hijos. Se puede pagar como cuota mensual o en un único pago. Requiere demostrar el desequilibrio concreto.

Sí. El cuidado personal compartido —donde ambos progenitores conviven con los hijos en tiempos alternados— es perfectamente posible y muchas veces conveniente cuando la relación entre los adultos lo permite. Lo acordamos en el convenio de divorcio o en un acuerdo de responsabilidad parental homologado judicialmente.